Puedes acogerte a una suspensión provisional de la realización del itinerario de acogida obligatorio. Puedes conseguir una prórroga de la duración de tu itinerario de acogida, siempre que presentes los justificantes necesarios al distrito municipal, ya sea a través de BON o la BAPA o directamente en las oficinas del distrito municipal, en los siguientes casos:
Duración de la suspensión: 6 meses, con posibilidad de prórroga.
Justificante:
para el horario de los trabajadores, puedes descargar aquí un modelo para que lo rellene y firme tu empresa.
Duración de la suspensión:duración de la enfermedad indicada en el certificado médico, mínimo 1 mes en total, con posibilidad de prórroga.
Justificante: certificado médico. Puedes descargar aquí un modelo de certificado para que tu médico lo rellene y lo firme.
Ten en cuenta que la petición de suspensión por motivos médicos solo se puede tramitar directamente en las oficinas del distrito municipal o enviando un correo electrónico a la oficina municipal.
Duración de la suspensión: 6 meses con posibilidad de prórroga.
Justificante: Certificado médico. Puedes descargar aquí un modelo de certificado para que tu médico lo rellene y lo firme.
Ten en cuenta que la petición de suspensión por motivos médicos solo se puede tramitar directamente en las oficinas del distrito municipal o enviando un correo electrónico a la oficina municipal.
Duración de la suspensión: 3 meses desde el parto con una posibilidad de prórroga de 9 meses por lactancia.
Justificante::
Ten en cuenta que la petición de suspensión por motivos médicos solo se puede tramitar directamente en las oficinas del distrito municipal o enviando un correo electrónico a la oficina municipal.
Duración de la suspensión: 2 meses después del fallecimiento, sin posibilidad de prórroga.
Justificante::
Duración de la suspensión: toda la duración del proceso indicado en el certificado de la entidad organizadora con posibilidad de prórroga.
Justificante: certificado de la entidad aprobada.
Duración de la suspensión: máximo 6 meses con posibilidad de una prórroga de 6 meses cada vez.
Justificante: certificado de la entidad aprobada (BON/BAPA).
Duración de la suspensión: 6 meses con posibilidad de 6 meses de prórroga una sola vez.
Justificante: demostrando que figuras en la lista de espera de por lo menos tres instituciones de cuidado infantil.